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Declaración sobre la política de Volleyball England para la participación transgénero

Volleyball England ha anunciado que se tomaría en serio la participación de las mujeres al garantizar que haya una categoría dedicada a las jugadoras nacidas como mujeres.

Siguiendo el ejemplo de la revisión de 2021 del Grupo de Igualdad de los cinco Consejos Deportivos del Reino Unido, Volleyball England consideró los conceptos de inclusión, equidad y seguridad en los deportes y llegó a la siguiente conclusión:

“La equidad no se puede conciliar en las competencias femeninas con la autoidentificación en la categoría femenina”.


La política se resume así:

Una mujer transgénero aún puede jugar en la categoría masculina de la competencia.

Una mujer transgénero no puede jugar en la categoría femenina de competencia.

Un hombre transgénero puede continuar jugando en competencias femeninas, a menos que haya comenzado un tratamiento con testosterona.

Un hombre transgénero puede jugar en una competencia masculina ya que no hay una ventaja física que haga que la competencia sea injusta.


Volleyball England aplica un estándar consistente a todos los jugadores a lo largo de la ruta de rendimiento (voleibol competitivo):

“Todos los jugadores en la Ruta de Desempeño deben registrarse y jugar en una competencia internacional según su sexo registrado al nacer, según las regulaciones de la FIVB”.


La seguridad y la privacidad se garantizan en todos los niveles del juego de la siguiente manera:

“Para voleibol de participación o no competitivo, un jugador no necesita revelar su género. Para la competencia oficial, si un jugador no revela su sexo tal como se registró al nacer, se supondrá que el jugador es hombre, por razones de seguridad”.


El Consorcio Internacional sobre el Deporte Femenino ofrece nuestro más sincero agradecimiento y Felicitaciones a Volleyball England por establecer pautas de elegibilidad que garantizan la seguridad, la inclusión y el crecimiento continuo del voleibol para mujeres y niñas en Inglaterra.


Fin.


Acerca del Consorcio sobre el Deporte Femenino El Consorcio sobre el Deporte Femenino es un grupo de campaña internacional que aboga por la preservación de la categoría deportiva femenina. Se basa en el principio de que la equidad y la seguridad de las atletas femeninas en el deporte se garantizan al tener una categoría dedicada a las nacidas mujeres*.


[*Definición: “Mujer atleta” es una competidora que es biológicamente mujer y, por lo tanto, no ha experimentado la pubertad masculina.] El Consorcio es un colectivo no partidista y de un solo tema de defensoras de los deportes femeninos de todo el espectro político. La membresía o asociaciones dentro del Consorcio de ninguna manera indica afiliación política con otros miembros con respecto a cualquier otro tema de interés político.


Nuestros miembros fundadores El Consorcio incluye grupos de campaña de EE. UU., Canadá, Francia, España, Nueva Zelanda, Australia, México y el Reino Unido.


Nuestras Creencias


Sobre ser consultadas: la discusión de políticas sobre la elegibilidad en los deportes femeninos pertenecientes a cualquier nivel (comunidad a élite) y/o que involucre cualquier jurisdicción DEBE involucrar a mujeres que defienden, trabajan o participan en el deporte femenino e incluir una consulta significativa con atletas femeninas del deporte (s) en cuestión.


Sobre los derechos humanos basados en el sexo: la igualdad entre los sexos es importante en todos los aspectos de la vida, incluido el deporte. De acuerdo con los principios de la Carta Internacional de Derechos Humanos, la intención de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, Artículo 10 (g)), y los preceptos de la Declaración de la Mujer (Artículo 7) , las mujeres y las niñas tienen derecho a acceder y participar en los deportes de manera justa, segura y sin discriminación. La negación de este derecho es discriminación por motivos de sexo.


Sobre la Carta Olímpica - El Consorcio está de acuerdo con el "Principio Fundamental 6" de la Carta Olímpica de que no debe haber discriminación contra las atletas femeninas por motivos de sexo.


Sobre el marco del COI de 2021: de acuerdo con el principio 6.2.a del marco del COI, el Consorcio acuerda que las federaciones internacionales deben desarrollar disciplinas, eventos, sistemas de puntuación u otros mecanismos para incluir a todos, al tiempo que brindan una categoría femenina específica.


Contacto: Linda Blade, PhD Kinesiología, profesional de rendimiento deportivo Twitter: @female_sport Correo electrónico: women@sportsconsortium.org Sitio web: www.sportsconsortium.org

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